El convenio regulador es un contrato que regula las consecuencias jurídicas de una ruptura de pareja junto a las acciones de separación o divorcio. Vamos a conocer el contenido mínimo del convenio regulador y cómo se lleva a cabo la separación o divorcio de mutuo acuerdo.
Es importante tener en cuenta que el convenio regulador sirve para regular las relaciones familiares en todo caso.
- Pareja de hecho.
- Matrimonio.
- Modificación de medidas.
Todo ello con hijos o sin ellos. Dependiendo de las circunstancias de cada familia se aplicarán unas cláusulas u otras.
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Contacta con nosotrosContenido mínimo del convenio regulador
El convenio de separación o divorcio incluirá varios tipos de medidas:
- Medidas personales del convenio regulador:
- El cuidado de los hijos sujetos a patria potestad.
- La guarda y custodia de los mismos.
- El régimen de visitas y estancias de los hijos con el progenitor con quien no convivan.
- Si fuese necesario, el régimen de visitas y comunicación de los abuelos y los nietos.
- Medidas mixtas:
- Atribución del uso de la vivienda y el ajuar familiar.
- Reparto de tiempos de convivencia, cuidado y cargas asociado al cuidado de los animales de compañía.
- Medidas patrimoniales:
- Contribución a las cargas del matrimonio.
- Pensión de alimentos.
- Liquidación del régimen matrimonial, si procede.
- La pensión compensatoria, si corresponde a uno de los cónyuges.
Cláusulas de un convenio regulador
Cuidado de los hijos: patria potestad y guarda y custodia
Al fijar quién ejerce la patria potestad de los hijos se hace referencia al ejercicio por los progenitores de los derechos y deberes propios del vínculo paterno y materno filial. Regulada en el artículo 154 del Código Civil, se estipulan determinadas decisiones importantes en la vida de los menores (salud, educación, etc.).
Por su parte, la guarda y custodia hace referencia a la convivencia de los menores con un progenitor o con ambos, de manera que la custodia sea compartida. El concepto de guarda y custodia se refiere a los cuidados y atención necesarios durante la convivencia ordinaria.
Régimen de visitas
Se fijará además el régimen de visitas y estancias de los hijos con el progenitor con quien no estén conviviendo. Se regularán así los fines de semana, si se quiere establecer visitas entre semana y cómo se repartirá el tiempo durante las vacaciones de los menores.
Si se considera necesario puede establecerse un régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos. Si existe buena relación de los abuelos con los progenitores no sería necesario, pero si la relación está deteriorada es recomendable fijar unos mínimos de relación de los nietos con sus abuelos para que dicha relación no desaparezca.
Atribución del uso de la vivienda
Se refiere a quién se quedará residiendo en la vivienda familiar tras la ruptura de la pareja. Dicha atribución es independiente de la propiedad de la vivienda y debe regularse, como todas las medidas del convenio regulador, en beneficio de los menores. Así viene estipulado en el artículo 96 del Código Civil.
Por vivienda familiar se entiende el lugar habitual de residencia en el momento de la ruptura de la pareja o crisis matrimonial.
Ajuar familiar
El ajuar familiar se refiere a los enseres necesarios para el desarrollo de la vida familiar en la vivienda. Incluye mobiliario y electrodomésticos de uso ordinario, y excluye aquellas ropas y enseres de carácter personal de cada uno de los progenitores.
Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos
Debemos regular la pensión de alimentos de los hijos menores o mayores de edad que no sean independientes económicamente. Cómo contribuirá cada progenitor a los gastos de los hijos y cómo se abonarán los gastos extraordinarios que vayan surgiendo.
Asimismo se acordará cómo se actualizará la pensión para no perder poder adquisitivo.
Las cargas del matrimonio incluyen las deudas y obligaciones que afectan al patrimonio común. Está excluido el pago del préstamo hipotecario para la adquisición de la vivienda familiar, según la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2011.
Liquidación del régimen económico matrimonial
Tiene carácter facultativo, es decir, que no es necesario que en el momento del divorcio se liquide la sociedad de gananciales, pudiéndose hacer en un momento posterior.
Pensión compensatoria
Si se considera que el divorcio o la separación produce desequilibrio económico a una de las partes puede establecer una pensión compensatoria. La misma puede tener carácter temporal o indefinido y debe acordarse cuáles serían las causas de extinción o modificación. Su regulación se encuentra en el artículo 97 del Código Civil.
Animales de compañía
Se debe recoger en el convenio regulador cuál es el destino de los animales de compañía, el reparto de los tiempos de convivencia y el cuidado que fuera necesario, así como quién asume los gastos derivados del cuidado del animal. Su regulación se encuentra en los puntos 2 y 3 del artículo 90 del Código Civil según la modificación 8/2021.
Forma del convenio regulador
Hemos explicado que el convenio regulador de separación o divorcio es un contrato. Como tal debe estar encabezado por el lugar y fecha en el que se firma. Comienza con un apartado “REUNIDOS” en que se establecerá quiénes son las partes, expresando su documento nacional de identidad y el domicilio. Se reconocen mutuamente capacidad para contratar y suscribir el convenio en relación al contenido del mismo.
En el apartado “MANIFESTACIONES” se recogen los hechos básicos de la familia, el tiempo de convivencia, el lugar y fecha del matrimonio, y el nacimiento de los hijos. Se incluye cuál es el domicilio familiar durante la relación y cuál es la situación actual en este momento. Se expresará también el régimen económico matrimonial, si fuera el caso.
A continuación se incluyen todas las cláusulas que hemos visto en el anterior apartado y finalmente se introduce el momento de la vigencia del convenio regulador, la obligación de ambos de presentar dicho convenio para la ratificación judicial y la firma de ambas partes
En el convenio regulador no es necesario acreditar documentación alguna como que se aportará en el momento de la demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Esta se aportará al juzgado con el convenio regulador firmado.
¿Cómo conseguir un convenio regulador de separación o divorcio?
Una vez la pareja ha decidido romper su relación, deben decidir cuáles son las consecuencias de dicha ruptura.
Si prefieren regular las relaciones de la familia de mutuo acuerdo, pueden llevar a cabo una negociación. Únicamente si hay un consenso muy claro es conveniente que un único abogado represente a ambas partes. Si hay discrepancias importantes es más recomendable que cada progenitor sea representado por un abogado.
Tras la negociación, se redactará por los abogados de las partes el documento que plasme todas estas decisiones y se intercambiará entre los progenitores hasta que estén conformes con lo que se está pactando.
Es frecuente que escuchemos en el despacho que alguien no estaba muy de acuerdo pero acabó firmando un convenio para zanjar la situación. Desde la experiencia, es mejor pactar con paciencia cada una de las cláusulas y conseguir un convenio regulador lo más detallado posible. Esto evitará posibles conflictos en el futuro aunque ahora sea más complicado cerrar el proceso de la negociación.
Procedimiento de divorcio o separación de mutuo acuerdo
Una vez firmado el convenio regulador, se presenta una demanda al Juzgado para su ratificación y homologación judicial. La demanda es un escrito firmado por abogado y procurador en el que se inicia el procedimiento y se adjuntan los siguientes documentos:
- Certificado de Matrimonio, si lo hubiere (Registro Civil donde se inscribió).
- Certificado de Nacimiento de los hijos (Registro Civil donde se inscribieron al nacer).
- Certificado de Empadronamiento (Ayuntamiento).
- Convenio regulador.
Admitida la demanda de divorcio de mutuo acuerdo o separación, se cita a las partes para su ratificación (artículo 777.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
La ratificación
La ratificación consiste en que ambas partes comparecerán personalmente en el juzgado para acreditar ante el letrado de la administración de Justicia que están conformes con el convenio regulador que se ha presentado y que las firmas son las suyas. De manera excepcional se puede comparecer por apoderamiento para ratificar dicho convenio regulador; es frecuente en caso de que uno de los cónyuges resida en el extranjero.
¿Qué ocurre si no se ratifica el convenio regulador por alguna de las partes? El letrado de la administración de Justicia acordará el archivo del procedimiento y cualquiera de las partes podrá promover la separación o el divorcio contencioso.
Traslado para informe al Ministerio Fiscal
Tras la ratificación de las partes del convenio regulador en el juzgado, se traslada el convenio al Ministerio Fiscal siempre que existan hijos menores o mayores con discapacidad o medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores.
El Ministerio Fiscal dará el visto bueno al convenio regulador si se cumplen las exigencias legales. Si no se estableciera pensión de alimentos en caso de custodia individual o si la misma no tuviera una cuantía que alcance el mínimo vital, es posible que el Ministerio Fiscal antes de llevar a cabo la aprobación del convenio, solicité información a las partes.
Sentencia de separación de mutuo acuerdo o divorcio
Una vez firmado el convenio regulador y ratificado en sede judicial, con el visto bueno del Ministerio Fiscal, el Juez dictará una sentencia aprobando el convenio regulador y concediendo la separación o el divorcio con las consecuencias que las partes hubieran pactado
Inscripción de la sentencia en el Registro Civil
Es el propio juzgado que dicte la sentencia el que remitirá la misma al Registro Civil donde se encuentre inscrito el matrimonio. En la anotación marginal del certificado de matrimonio aparecerá el divorcio de los cónyuges a todos los efectos.
El presente procedimiento sirve tanto para la separación de pareja sin que exista matrimonio, el divorcio cuando los progenitores si están casados e incluso la modificación de medidas.
¿Se puede modificar un convenio regulador?
Cuando las partes deciden modificar aquello que firmaron en un inicio, pueden firmar un convenio regulador de modificación de medidas explicando las razones y cuáles son las medidas que regirán entre ellos y respecto de los hijos a partir de ese momento.
¿Qué ocurre si no se cumple lo pactado en un convenio regulador?
El incumplimiento del convenio regulador recogido en una sentencia de separación o divorcio tiene las mismas consecuencias que si de un procedimiento contencioso se tratase.
Cualquiera de las partes puede ejecutar la Sentencia que recoge el convenio regulador y requerir al juzgado para que obligue a la otra parte a cumplir lo pactado en el convenio por las partes.